Información

Descripción:

Art.1.- Establecer los siguientes valores que deberán ser aplicados de manera obligatoria en los laboratorios clínicos y moleculares del Sistema Nacional de Salud, para realización de pruebas diagnósticas de COVID-19 en todo el país:

Precio techo máximo para pruebas RT-PCR (hísopado nasofaríngeo): 45.08

Art 2.- Corresponderá a la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS), el control del cumplimiento de la aplicación del precio fijado en este instrumento jurídico.

Art. 3.- Los Laboratorios clínicos y moleculares del Sistema Nacional de Salud que realicen las antes referidas pruebas de diagnostico de COVID-19, colocarán de manera visible en sus establecimientos, la información respecto del precio fijado para estas pruebas para conocimiento de los usuarios.

DESCARGAR el Acuerdo Ministerial aquí

Para realizarte la prueba RT-PCR no se necesita una orden exclusiva del MSP, pero recuerda acudir con un médico calificado y que cuente con el registro de su título en ACESS

Control a laboratorios:

En cumplimiento de la normativa legal vigente, en base a lo que establece el artículo 217 de la Ley Orgánica de Salud y el Decreto Ejecutivo Nro. 703, la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de Servicios de Salud y Medicina Prepagada –ACESS, a través de las Comisarias de Salud, ejercerá el control técnico y la vigilancia sanitaria referente a la obligación de los servicios de salud de exhibir en sitios visibles para el público, las tarifas que se cobran por sus servicios para Pruebas RT-PCR (hisopado nasofaríngeo).

Tarifa que ha sido establecida mediante Acuerdo Ministerial Nro. 00003-2021 de fecha 20 de abril de 2021 emitido por el Ministro de Salud Pública.

Denuncias:

Si conoces que un establecimiento o servicio de salud, realiza pruebas RT-PCR sin la respectiva autorización de ACESS y realiza un cobro fuera de la tarifa establecida:

Escríbenos a: denunciaspcr@acess.gob.ec

O ingresa a nuestro aplicativo en ACESS en Línea:
https://aplicaciones.administracionpublica.gob.ec/

Denuncia el incumplimiento a la normativa sanitaria vigente.

Sanciones:

Los Laboratorios que incumplan con la exhibición y el tarifario aprobado por la Autoridad Sanitaria Nacional, serán sancionados con multa de cinco salarios básicos unificados del trabajador en general, conforme lo determina el artículo 243 de la Ley Orgánica de Salud.

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