ACESS supervisa el ejercicio profesional de la salud

La normativa ecuatoriana establece, entre otros requisitos, que para ejercer como profesional de salud es necesario contar con título universitario registrado ante la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS). En la Zona 7, existen 13 mil 282 profesionales habilitados.

La Ley Orgánica de Salud (LOS), en el artículo 194, estipula que el título debe ser conferido por una universidad establecida y reconocida legalmente en el país, o por una del exterior, revalidado y refrendado. El título debe estar registrado ante la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) y en ACESS a través del portal web: https://saccs.calidadsalud.gob.ec/publico/talentohumano/login/

Desde el año 2014, en la zona 7 se han registrado 783 títulos de nivel técnico o tecnológico superior, 12.875 de tercer nivel y 3.681 de cuarto nivel, dando un total de 17.338 títulos registrados ante la ACESS hasta la actualidad.

La Delegada Provincial de ACESS – Loja, Mayra Viñán Montaño, destaca que la importancia de contar con la habilitación profesional radica en la garantía para los pacientes de recibir atención, en distintas ramas de la salud, por parte de profesionales preparados académica y científicamente.

Como entidad encargada de velar por la seguridad del paciente y en su tarea de combatir el intrusismo laboral, es decir el ejercicio de una profesión sin contar con la titulación y/o sin la autorización requerida, la ACESS realiza controles periódicos a los establecimientos de salud a fin de verificar que el personal cuente con la respectiva habilitación profesional y realice prácticas enmarcadas en su formación académica, como lo establece el artículo 198 de la LOS: “Los profesionales y técnicos de nivel superior que ejerzan actividades relacionadas con la salud, están obligados a limitar sus acciones al área que el título les asigne”.

En Ecuador, el intrusismo laboral en el ámbito de la salud es considerado un delito, pues se pone en peligro la vida de los pacientes que reciben atención de personal no capacitado ni calificado. El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el artículo 330, establece pena privativa de libertad de seis meses a dos años, para la persona que ejerza la profesión sin título.

La ACESS dispone de un mecanismo en línea para que la ciudadanía verifique si los profesionales a los que acuden están o no habilitados para ejercer una profesión, especialidad o subespecialidad en salud. La búsqueda se realiza en http://www.calidadsalud.gob.ec/acess-app-servicio-ciudadano/public/titulo/consulta.jsf, ingresando el número de cédula o los apellidos del profesional.

De esta manera, la ACESS encamina sus esfuerzos para impulsar la cultura de calidad en la prestación de servicios de salud y garantizar a la población el acceso a prestaciones seguras y dignas.

 

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